El control horario de la jornada laboral pasa a ser obligatorio

Aprobado el decreto para el registro de la jornada laboral ordinaria en las empresas.

El Gobierno ha aprobado el Real Decreto Ley 8/2019, de 8 de marzo, para controlar la entrada y salida de cada empleado. Además, la empresa deberá guardar el registro del control horario durante cuatro años.

Los puntos más destacables sobre la nueva ley son:

  • Su aplicación entrará en vigor el 12 de mayo, después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el martes 12 de marzo de 2019.
  • Sanciones para las empresas que no cumplan con la normativa. Para ello la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social se modificará e incluirá el control obligatorio de la jornada laboral.
  • El control de las horas extras no desaparece con la nueva ley. Las empresas deberán tener ambos controles, las horas de la jornada ordinaria y de la extraordinaria.
  • Estatuto de los Trabajadores, artículo 34:
    • Apartado noveno. El nuevo punto dicta cómo ha de realizarse el registro de la jornada laboral: «deberá incluir el horario concreto de entrada y salida de cada persona trabajadora«.
  • La empresa deberá guardar los registros de la jornada laboral durante cuatro años. Y por lo tanto, tenerlos a disposición de los trabajadores, sindicatos, inspección laboral y de la Seguridad Social.

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